Armoniza BUAP reglamento para dar certeza y transparencia a las elecciones de autoridades

Educación 20 de marzo de 2024 Por Redacción
En el Consejo Universitario también se designó al Despacho de Contadores Públicos Borja Rendón Consultores, como Auditor Externo 2024, y se aprobó la Especialidad en Biotecnología Aplicada
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Con el fin de armonizar la normativa universitaria de los procesos electorales, los integrantes del Consejo Universitario de la BUAP aprobaron por unanimidad de votos la Reforma Integral al Reglamento de Elección de Autoridades Personales de la institución, la cual entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Universidad.

Al respecto, la Rectora María Lilia Cedillo Ramírez destacó el compromiso del Máximo Órgano de Gobierno de la BUAP para trabajar en asuntos relevantes para la vida universitaria: “Esta Reforma Integral al Reglamento de Elección de Autoridades Personales nos da la certeza de que las elecciones se llevarán a cabo de manera clara y transparente”.

Por ello, agradeció las aportaciones y opiniones para fortalecer este reglamento. “Somos de las pocas universidades públicas autónomas que todavía eligen a sus rectores. De 35, sólo siete llevan a cabo un proceso de elección, el resto tiene nombramientos por otros órganos de gobierno. Nosotros tenemos el privilegio de elegir libremente a nuestros representantes; lo mismo sucede con los directores de unidades académicas”.

En su presentación, la titular de la Oficina de la Abogada General, Miriam Olga Ponce Gómez, dio a conocer que este reglamento fue aprobado el 16 de enero de 1992 y sólo había tenido una reforma, el 19 de diciembre de 1999. De ahí la importancia de armonizarlo con los cambios sociales de los últimos años.

“Esta actualización permitirá cumplir con los objetivos de armonizar las normas universitarias con las leyes generales del país, facilitar la prevención de riesgos en todos los procesos universitarios, contar con un ordenamiento claro y congruente, así como garantizar la participación democrática de la comunidad universitaria”, afirmó.

La abogada General dio a conocer que el pasado 23 de enero las comisiones estatutarias aprobaron el proyecto; el 30 del mismo mes se puso a disposición de los integrantes del Consejo para analizarlo en 15 días hábiles, del 1 al 22 de febrero. En este lapso se emitieron 98 opiniones relacionadas con los artículos del proyecto. Asimismo, se efectuaron nueve mesas de trabajo para discutir su contenido, de las cuales derivaron 75 aportaciones, para sumar 173 opiniones.

De esta manera, Ponce Gómez detalló que se atendió la cualidad de claridad, sencillez, unidad, concisión y concreción; disposiciones alineadas a la Ley y Estatuto Orgánico; se uniformaron términos, se usó lenguaje inclusivo y no sexista, se evitaron las contradicciones, lagunas y vaguedades; se apegó a principios de legalidad y coherencia jurídica; y se fraccionaron artículos para su comprensión, entre otras adecuaciones.

El Reglamento de Elección de Autoridades Personales Universitarias consta de 41 artículos y seis capítulos (disposiciones generales, de las convocatorias, de las comisiones, de la campaña electoral, de la jornada electoral, de la calificación del proceso electoral y el nombramiento de autoridades), así como dos artículos transitorios.

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